miércoles, 22 de abril de 2015

El 1º de mayo le pueden bloquear su cuenta bancaria si no presenta su DNI



En abril de 2010, el Gobierno del entonces Presidente Rodríguez Zapatero dictó una norma obligando a los bancos a digitalizar la identificación de todos sus clientes, ya fuesen personas físicas (con el DNI) o jurídicas. El motivo era adaptarse a una directiva comunitaria contra el blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

Para cumplir con este trámite fijó el nada desdeñable plazo de cinco años,  que finaliza, concretamente, el próximo 30 de abril. Pues bien, a pesar del lustro transcurrido, muchos, muchísimos clientes no tienen digitalizado el DNI en su entidad bancaria y, si nadie lo remedia, el próximo 1 de mayo verán bloqueadas sus cuentas. Y bloqueadas significa no poder ingresar ni sacar dinero ni pagar los recibos que tenga domiciliados. Ya sabemos que los bancos han sufrido unos últimos años muy ajetreados pero, tras cinco largos años, ponerse en contacto apremiando a sus clientes para que presenten el documento solo durante este último mes de abril (como ha ocurrido en la mayoría de los casos) tiene delito.

Si usted acude a su sucursal bancaria, podrá comprobar como el escáner hecha humo y la cola llega hasta la puerta. Muchas entidades incluso han tenido que contratar servicios externos para tramitar todos los requerimientos ante la avalancha de clientes en sus ventanillas. Porque, hay que aclarar, no sólo los titulares de la cuenta tienen que acreditarse correctamente sino también todas las firmas autorizadas, ya sean padres, hijos o amigos.


Desde el año 1993 todos los bancos estaban obligados a guardar una copia del DNI de sus clientes. Sin embargo, aunque los nuevos clientes si que cumplían con esta obligación, muchos clientes que mantienen una relación con el banco de varias décadas (¡todavía existen personas fieles a su banco durante toda la vida!) no han realizado este trámite al ser de sobra conocidos por el personal de la sucursal. Éstos son los que ahora se asombran cuando reciben una llamada del director de su oficina requiriendo su inmediata presencia para digitalizar su DNI con la amenaza de que le bloquearán la cuenta donde, habitualmente, le ingresan la pensión.

Aunque en algunas ocasiones ya lo están pidiendo, si tiene la mala suerte de que le bloqueen la cuenta, para volver a abrirla, aparte del DNI o pasaporte, deberá presentar una declaración de actividad económica y una acreditación de actividad profesional. Para este último paso sirve con presentar una nómina, pensión o declaración del IRPF. Pero, ¡cuidado!, si éste trámite no lo realiza en los tres primeros meses a partir del 1º de mayo, la cuanta pasará a formar parte de las “cuentas de orden”, con lo que los trámites se pueden complicar bastante más. Eso si, nunca, en ningún momento, dejarán de ser titulares de su dinero. ¡Menos mal!


Les aconsejo que si no están del todo seguros de si su banco tiene su DNI digitalizado, acudan cuanto antes a comprobarlo. Ya saben: más vale prevenir… que llevarse un buen susto. 


jueves, 16 de abril de 2015

El Supremo se alía con la banca y no devolverán las clausulas suelo



La inmensa mayoría de los préstamos, sobre todo los hipotecarios, se conceden con un tipo de interés variable que se calcula a partir del Euribor más un tanto por ciento que depende del banco que lo concede. Si el Euribor sube, usted paga más intereses; si baja, menos.

A raíz de la crisis económica, el Euribor empezó a bajar y los hipotecados a respirar con la posibilidad de que sus gravosos recibos mensuales recogiesen esa rebaja. Pero su gozo en un pozo ya que cuando llegaron a reclamar a sus bancos prestatarios, éstos les hicieron leer una cláusula, que habitualmente aparecía en letra muy pequeña, en la que se especificaba que por mucho que bajase el Euribor, el interés de su préstamo no bajaría de un tanto por ciento estipulado. ”Clausula suelo” la denominaron.

Empleando el sentido común, desde que se publicó la primera denuncia sobre las clausulas suelo se supo que eran abusivas, poco transparentes y que los profesionales bancarios se estaban aprovechando sin ningún miramiento del desconocimiento de sus clientes en estas cuestiones técnicas. Pasaron largos años de denuncias y sufrimientos (la Justicia siempre tan rápida) hasta que el Tribunal Supremo se dignó a dictar sentencia el 9 de mayo de 2013.

Ese día, como no podía ser de otra forma, declaró nulas todas las clausulas suelo que no cumplieran con los requisitos de transparencia, pero también declaró la irretroactividad de su decisión. ¿Por qué? Pues por un motivo, cuanto menos, curioso: el riesgo de trastornos graves o sistémicos en las entidades financieras. O sea, para evitar una hipotética quiebra, que no devolviesen el dinero cobrado a sus clientes ilegalmente. ¡Bien! Deje usted de pagar los recibos de la hipoteca y cuando lo vayan a desahuciar, alegue que esa acción le puede provocar la quiebra. ¡Igual continúa viviendo en su casa!

Afortunadamente, no todos los jueces son iguales. Desde la mencionada fecha muchos tribunales españoles han fallado a favor de la devolución de las cuantías cobradas de más desde la firma de la hipoteca al entender que el Supremo falló una acción colectiva (la eliminación de la cláusula suelo de los contratos para siempre) y que no se debían aplicar a casos individuales.

Como no podía ser de otra forma, la banca española, con el miedo en el cuerpo ante la avalancha de sentencias desfavorables que se les venía encima, movió ficha y, concretamente, el BBVA presentó un recurso en el Alto Tribunal contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Álava que les había condenado a restituir las cantidades cobradas de más desde el principio.

Hoy, 16 de abril de 2015, el Supremo ha dictado sentencia concluyendo que no se deben restituir las cantidades cobradas de más anteriores al 9 de mayo de 2013 apelando a la misma causa que entonces: el “trastorno económico” que supondría a la banca devolver todo lo cobrado de más por las cláusulas suelo de hipotecas declaradas abusivas. Y lo más importante, sienta doctrina, por lo que dudamos que, a partir de ahora, alguna Audiencia Provincial dicte alguna sentencia contraria.


Puede que vea conspiraciones donde no las hay, pero creo que la Justicia tardó cuatro o cinco años en declarar abusivas estas cláusulas (cuando era evidente que lo eran desde el primer día) para darle tiempo a los bancos a continuar cobrándolas y sanear así sus maltrechas cuentas y que ahora, cuando ya ningún banco las incluye en sus contratos y ante el evidente riesgo de que la banca pueda perder algo de dinero (lagarto, lagarto) les han vuelto a echar un cable con la misma tontería del “trastorno económico”. ¿Cuándo alguien roba no le causa un trastorno económico a la víctima? Además, ¿no habíamos rescatado entre todos los españoles a la banca para que no existiesen “trastornos sistémicos” para nuestra economía?     

No quiero despedir el post sin hacer referencia al voto particular emitido por el magistrado Francisco Javier Orduña, partidario de devolver las cantidades íntegras cuando  se haya anulado una de estas cláusulas. En concreto, Orduña opina que “es necesario examinar cada caso individual y, de declararse la nulidad, deberá tener un efecto devolutivo de las cantidades percibidas por la aplicación de la cláusula, todo ello sin contar que el motivo de la limitación del efecto retroactivo (los trastornos sistémicos) ha desaparecido merced al saneamiento financiero efectuado”. 
Afortunadamente, no todos los jueces son iguales.

lunes, 13 de abril de 2015

Mas, González, Fabra y Monago se mofan de Montoro y sus objetivos presupuestarios



Apenas se empiezan carreteras, hospitales o colegios y los que se empezaron, están paralizados; se han reducido los profesores y aumentado los niños por aula; disminuyen los médicos y aumentan los copagos; se reducen el número de funcionarios y de entes públicos; casi desaparecen las subvenciones  a las sociedades culturales y deportivas… en fin, ni somos ricos ni podemos derrochar el dinero y estos son los recortes y los ajustes presupuestarios que se deberían haber hecho hace muchos años y que la crisis y el cierre del grifo de dinero europeo ha provocado que se lleven a cabo estos dos o tres últimos años. Ahora bien: ¿sirven para algo? Pues, lamentablemente no. Al menos en algunas autonomías.

Los datos de la Intervención General del Estado de la contabilidad nacional del pasado 2014 reflejan que las autonomías aumentaron el gasto, sin incluir costes financieros,  respecto al año anterior en ¡1.102 millones de euros! ¿Menores ingresos por el modelo de financiación autonómico o por la crisis? No, no. 1.102 millones más de gasto.


Pero no podemos echar la culpa a todas las autonomías. Concretamente ocho aumentaron sus gastos en 2014. El ranking lo encabeza, ¡cómo no!, Cataluña que ha gastado 941 millones de euros más que el año anterior. Le siguen Madrid con 575, País Vasco 308, Comunidad Valenciana 251, Extremadura 100, Baleares 79, Asturias 39 y cierra Canarias con 25 millones.  Resumiendo: se “pitorrean” de los objetivos de déficit público del ministro Montoro.

De todas estas autonomías, podríamos “perdonar” al País Vasco ya que sus ingresos aumentaron en mayor cantidad que sus gastos, pero es que el resto también se distinguen por haber menguado considerablemente sus ingresos (excepto la Comunidad Valenciana que los equilibra) con Cataluña, Madrid y Extremadura a la cabeza de todas ellas.

No resulta extraño que sea la Comunidad Valenciana la que más ha aumentado su endeudamiento durante 2014: nada menos que un ¡4,7% del PIB!, le sigue Murcia con un 4,6%, Castilla-La Mancha con un 3,7%, Andalucía y Baleares con un 3,1% y Cataluña con un 2,9%, aunque en todos estos casos influyen, y mucho, los gastos financieros que genera su abultadísima deuda.

No quiero sacar a colación el que los españoles cada vez pagamos más impuestos, que si no me pierdo y empiezo a faltar, pero a ver si alguien me puede aclarar esta duda: los ciudadanos recibimos menores prestaciones por parte de las administraciones y, sin embargo, éstas gastan más cada año ¿alguien sabe dónde va a parar ese dinero?  





domingo, 12 de abril de 2015

Nos tocará cambiar nuestro signo del zodíaco



Lo del signo del zodíaco y el horóscopo es como lo de los documentales de la 2 pero al  revés: todo el mundo dice ver los documentales pero la audiencia real es mínima y la mayoría se ríen de los horóscopos pero es la sección más vista en los periódicos. Será que no nos gusta reconocer cómo somos.

¿Y qué es el zodíaco? Se denomina así a la franja celeste que se aprecia desde la tierra mientras el planeta gira en torno al sol. Basándose en la observación de las constelaciones que ocupan esa franja durante el año terrestre, los griegos les dieron nombre y atributos y las relacionaron con las personas en función del año en la que estas nacieran. El criterio era sencillo: cada persona tendría el signo zodiacal según el conjunto de estrellas que se encontrara detrás del sol en el momento del nacimiento.


Lo malo fue que por algún motivo desconocido, prefirieron que hubiese doce signos en lugar de los trece conjuntos de estrellas que ocupaban la franja. Concretamente, dejaron fuera a una decimotercera constelación llamada Ophiuchus (Ofiuco). Además, decidieron que cada uno de los signos tuviese la misma duración sin importarles los diferentes tamaños que tenían las constelaciones.
Si a todo esto le sumamos el hecho de que el eje de la Tierra se desplaza cada año, después de tres mil años, cualquier parecido de nuestro signo zodiacal con la realidad es inexistente.

¿Cuáles serían los verdaderos periodos de cada signo zodiacal? Tomen nota:

Capricornio: nacidos entre el 21 de enero y el 16 de febrero.
Acuario: nacidos entre el 17 de febrero y el 12 de marzo.
Piscis: nacidos entre el 13 de marzo y el 18 de abril.
Aries: nacidos entre el 19 de abril y el 14 de mayo.
Tauro: nacidos entre el 15 de mayo y el 21 de junio.
Géminis: nacidos entre el 22 de junio y el 20 de julio.
Cáncer: nacidos entre el 21 de julio y el 10 de agosto.
Leo: nacidos entre el 11 de agosto y el 16 de septiembre.
Virgo: nacidos entre el 17 de septiembre y el 31 de octubre.
Libra: nacidos entre el 1 de noviembre y el 23 de noviembre.
Escorpio: nacidos entre el 24 de noviembre y el 29 de noviembre.
Ofiuco: nacidos entre el 30 de noviembre y el 18 de diciembre.
Sagitario: nacidos entre el 19 de diciembre y el 20 de enero.

Como pueden comprobar, se retrasa aproximadamente un signo completo, los hay más cortos y más largos y aparece uno nuevo, Ofiuco.


Ya saben que no existe ninguna prueba o estudio científico que apoye la validez de las predicciones obtenidas mediante cualquiera de las diferentes versiones de la astrología, horóscopos varios o cartas astrales, pero para los que crean en ellas, les tocará revisar al menos un par de predicciones para quedarse más tranquilos a partir de ahora.